Consejo de Facultad
Los Consejos de Facultad son la autoridad colegiada máxima de la respectiva facultad, encargados de adoptar las decisiones en conformidad al presente Estatuto.
Integrantes
- Decano o la Decana, quien lo presidirá;
- Vicedecano o Vicedecana
- Directores o las Directoras de unidades académicas
- Representantes de los académicos y académicas de cada unidad y por un número de estudiantes y funcionarios universitarios o funcionarias universitarias de la facultad equivalente a la tercera parte del total del Consejo de Facultad.
Este tercio se dividirá, a su vez, en dos terceras partes de representación estudiantil y una de representación de los funcionarios universitarios o las funcionarias universitarias.
Los representantes académicos y las representantes académicas, estudiantiles y de los funcionarios universitarios y las funcionarias universitarias serán elegidos por cada estamento, en un procedimiento formal y público, en conformidad con el reglamento que el Consejo Universitario dicte para tal efecto.
Atribuciones
- Aprobar el reglamento para su funcionamiento y los reglamentos de aplicación general en la Facultad.
- Aprobar, a proposición del Decano o Decana o de las respectivas unidades académicas, las políticas de docencia, investigación, creación artística, extensión y vinculación con el medio que estas desarrollarán y el plan de desarrollo de la Facultad, conforme a las políticas y planes de la Universidad.
- Aprobar las políticas específicas de contrataciones del personal de la facultad, conforme las políticas generales de la universidad, a proposición del Decano o la Decana.
- Proponer al Consejo Universitario la creación, supresión y reorganización de las estructuras de la Facultad. Con todo, en las facultades se podrán establecer otras unidades para el desarrollo de sus actividades, tales como departamentos o centros.
- Proponer al Consejo Universitario la aprobación de los planes de estudio que se ofrezcan en la Facultad, con su respectiva reglamentación.
- Aprobar la cuenta anual del decano sobre el funcionamiento de la Facultad, antes de ser elevada al Rector o a la Rectora.
- Asesorar al Decano o a la Decana en las materias que solicite.
- Aprobar el proyecto de presupuesto de la facultad y sus modificaciones.
- Ejercer las demás funciones que le atribuya la normativa universitaria.
En razón de la necesidad de urgencia y buen servicio esta información podría tener alguna demora en su formalización de cargos