Secretaría General
Descripción de las facultades, funciones y atribuciones
El Secretario General es subrogante, de pleno derecho, del Prorrector. Es es el Ministro de Fe de la Corporación. En su calidad de Ministro de Fe de la Universidad no está subordinado al Prorrector, en el ejercicio de la mencionada función es independiente de toda otra autoridad respecto de los certificados, actas y testimonios que deba otorgar y suscribir, salvo disposición expresa que establezca lo contrario.
Citar a reunión de la Junta Directiva y al Consejo Académico, cuando proceda, de acuerdo a los reglamentos y a las indicaciones de los Presidentes de dichos organismos, respectivamente. Asistir a las sesiones de la Junta Directiva y del Consejo Académico, organismos de los que será su Secretario y respecto de los cuales tendrá el carácter de Ministro de Fe. Dar cuenta, cuando proceda, de todas las comunicaciones y documentos presentados a la Junta Directiva o al Consejo Académico, respectivamente.
Extender y suscribir, junto con el respectivo Presidente, las actas de cada sesión de la Junta Directiva y del Consejo Académico, dejando constancia exacta y completa de los acuerdos que se hayan adoptado en ellas. Notificar a los funcionarios los decretos, resoluciones y decisiones que los afecten, emanados de la Junta Directiva, del Consejo Académico, del Rector y del Prorrector, cuando en el propio acto o en reglamentos especiales no se hubieren indicado otra autoridad o funcionario que deba practicar la notificación.
Notificar a los funcionarios y estudiantes los decretos del Rector relativos al cumplimiento de fallos dictados en sumarios administrativos o investigaciones sumarias, respectivamente. Conservar y tener bajo su inspección y custodia personal el sello de la Universidad, las actas, oficios y documentos emanados de la Junta Directiva, del Consejo Académico y de la propia Secretaria General, conforme a la reglamentación vigente.
En razón de la necesidad de urgencia y buen servicio esta información podría tener alguna demora en su formalización de cargos