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Organigrama institucional

Universidad de Valparaíso

Organigrama Institucional

Contraloría Universitaria

La Contraloría Universitaria es el órgano responsable de ejercer el control de legalidad de los actos administrativos de las autoridades de la Universidad, y de auditar la gestión y el uso de los recursos de la institución, sin perjuicio de las demás funciones de control interno que le encomiende el Consejo Superior.

La Contraloría Universitaria estará a cargo del contralor universitario o contralora universitaria, quien será designado o designada por el Consejo Superior a partir de una terna elaborada mediante el Sistema de Alta Dirección Pública. 

El Contralor Universitario estará sujeto a la dependencia técnica de la Contraloría General de la República, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 10.336, de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, cuyo texto refundido fue fijado por el decreto supremo N° 2.421, de 1964, del Ministerio de Hacienda o la disposición que la reemplace.

Atribuciones

  1. Asesorar al Consejo Superior en las materias que este le encomiende.
  2. Rendir cuenta al Consejo Superior del funcionamiento de la Contraloría Universitaria y de los resultados de las auditorías y fiscalizaciones que lleve a cabo.
  3. Ejercer el control de la legalidad de los actos de las autoridades de la Universidad.
  4. Auditar la gestión de la Universidad en los términos que señale el Consejo Superior.
  5. Fiscalizar el ingreso, el gasto y la inversión de los fondos de la Universidad, cualquiera que sea su origen.
  6. Examinar las cuentas de las autoridades, personal institucional o personas que tengan a su cargo bienes o fondos de la  Universidad.
  7. Fiscalizar la existencia de los bienes contenidos en los inventarios de la Universidad. 
  8. Disponer de oficio, a petición del Consejo Superior, del Consejo Universitario o del Rector o Rectora, la práctica de cualquiera actuación, diligencia o inspección relacionada con el patrimonio de la Universidad o con las funciones, obligaciones o conductas de su personal.
  9. Las demás atribuciones y funciones que se establezcan en el reglamento orgánico que se dicte al efecto.

En el ejercicio del control de la legalidad de los actos de las autoridades de la Universidad, la Contraloría dará curso a los decretos y resoluciones que conforme a los reglamentos deban enviársele para el cumplimiento del citado trámite, debiendo representarlos cuando a su juicio adolezcan de falta de juridicidad.

La estructura orgánica de la Contraloría Universitaria será definida mediante un reglamento que deberá ser aprobado por el Consejo Superior. Dicho reglamento deberá garantizar que las funciones de control de legalidad y de auditoría queden a cargo de dos unidades independientes dentro del mismo organismo. 

En caso de ausencia o impedimento, el Contralor Universitario o la Contralora Universitaria será subrogado o subrogada por el jefe o jefa de la unidad de control de legalidad y, a falta de este, por el jefe o jefa de la unidad de auditoría.

  • Cristián Moyano Guerra
    Contralor Interno


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